2.
2. Resolución de primera instancia que ser recurrida en apelación por el Gobierno Autónomo Municipal de Colcapirhua representado por Mario Enrique Severich Bustamante por memorial de fs. 372 a 374, originó que Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, emita el Auto de Vista de 22 de septiembre 2020, de fs. 390 a 393 vta., CONFIRMANDO la sentencia apelada.
Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de las diligencias de notificación a fs. 395, se observa que la entidad recurrente fue notificada el 26 de marzo de 2021, y como el recurso de casación fue presentado el 09 de abril del mismo año tal como se observa del timbre electrónico cursante a fs. 396, haciendo un cómputo se infiere que el recurso de casación objeto de la presente resolución, fue interpuesto dentro del plazo previsto por el art. 273 del Código Procesal Civil, es decir, dentro de los diez días hábiles
