EN CASO DE NO PRSENTAR DICHA DOCUMENTACIÓN EL SIGUIENTE DIA HABIL, NO SE TOMARÁ EN CUENTA SU PRESENTACIÓN.”
Por diligencia de fs. 244, Henrry Lindon Huanay Choque –ahora recurrente- fue notificado con el Auto de Vista recurrid, el viernes 8 de enero de 2021; efectuado el plazo exigido por el art. 417 del CPP, se establece que el plazo para la presentación del recurso de casación fenecía el viernes 15 de enero de 2021, fecha en la cual el recurrente presentó su recurso de casación mediante buzón judicial, conforme se tiene del certificado de envió cursante a fs. 249, no obstante a ello, dicho memorial en merito a lo dispuesto por el art. 13 inc. b) del Reglamento de Buzón Judicial, aprobado mediante acuerdo de Sala Plena N° 13/2018 y la modificación e inserción de la Disposición Transitoria Segunda del Reglamento del Buzón Judicial, aprobado mediante acuerdo de Sala Plena N° 47/2018, tenía que haber sido presentado el físico al primer día hábil posterior a su presentación, es decir, el lunes 18 d enero de 2021, sin embargo, conforme se tiene cursante a fs. 248 vta., el memorial del recurrente fue presentado el martes 19 de enero de 2021, fuera del plazo previsto en el art. 13 inc. b) del Reglamento del Buzón Judicial, consecuentemente no se puede tomar en cuenta su pretensión, máxime, si se considera, que dicha advertencia se encuentra consignada además, en el mismo Certificado de Envío, cuyo texto refiere: “Usted deberá presentar el primer día hábil a plataforma para la entrega de la documentación en físico (…) EN CASO DE NO PRSENTAR DICHA DOCUMENTACIÓN EL SIGUIENTE DIA HABIL, NO SE TOMARÁ EN CUENTA SU PRESENTACIÓN.” (sic.)
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- SALA PENAL
- AUTO SUPREMO Nº 515/2021-RA
- Sucre, 16 de agosto de 2021
- Expediente : Oruro 45/2021
- Parte Acusadora :
- Parte Imputado :
- Delito :
- RESULTANDO
- ANTECEDENTES DEL PROCESO.
- REQUISITOS LEGALES Y JURISPRUDENCIALES DE ADMISIBILIDAD DEL RECUROS DE CASACIÓN.
- a)
- i)
- Sentencias Constitucionales 1112/2013 de 17 de julio, 0128/2015-S1 de 26 de febrero, 0326/2015-S3 de 27 de marzo y 064/2018-S4 de 20 de marzo
- IDENTIFICACIÓN Y ANÁLISIS DE ADMISIBILIDAD DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN.
- EN CASO DE NO PRSENTAR DICHA DOCUMENTACIÓN EL SIGUIENTE DIA HABIL, NO SE TOMARÁ EN CUENTA SU PRESENTACIÓN.”
- inadmisibilidad
- POR TANTO
- INA
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
- Magistrada Dra. María Cristina Díaz Sosa
