AS/0747/2021-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0747/2021-RRC

Fecha: 10-Sep-2021

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, observando lo señalado en el art. 40 parág. I del Código Procesal Constitucional, declara

Infundado el recurso de casación presentado por Nelly Tumiri Condori, representado al Director interino de la Dirección del Notariado Plurinacional, y,

2° Fundado el recurso de casación opuesto por José Mario Caillante Quenta, únicamente en su segundo motivo.

3° Dejar sin efecto el Auto de Vista 268/2020 de 30 de septiembre de 6 marzo de 2018, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, ante lo cual el mismo Tribunal sin espera de turno y previo sorteo emita resolución conforme los argumentos inmersos en el acápite II.2.2.2 de este Auto Supremo únicamente.

A los efectos de lo previsto por el art. 420 del CPP, hágase conocer mediante fotocopias legalizadas del presente Auto Supremo a todos los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional, para que por intermedio de sus Presidentes pongan en conocimiento de los Jueces en materia Penal de su jurisdicción.

En aplicación del art. 17.IV de la LOJ, por Secretaría de Sala, comuníquese el presente Auto Supremo y remítase antecedentes al Consejo de la Magistratura a los fines de ley.

Regístrese, hágase saber y cúmplase.

FDO.

Magistrado Relator Dr. Edwin Aguayo Arando

Magistrada María Cristina Díaz Sosa

Secretario de Sala M.Sc. Rommel Palacios Guereca