AS/0167/2022
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0167/2022

Fecha: 26-Oct-2022

CONSIDERANDO II

De los antecedentes del proceso, se evidencia que la demanda de Homologación de Sentencia de Divorcio interpuesta Mirian Condori Pizarro, fue observada por los decretos de 20 de junio y 15 de julio de 2022 (fs. 13 y 17), disponiendo previamente a deferir lo que en derecho corresponda, señalar “...si el matrimonio contraído entre Bernardino Huanca Vásquez con Mirian Condori Pizarro en el Registro Civil de Totana, Provincia Murcia de España, fue registrado ante el Consulado General de Bolivia en España, a fin de establecer si éste se registró en el Libro de Matrimonios del SERECI..”; sin embargo, por Informe N° 37/2022- SCTRIA-SP-TSJ-IP de 29 de julio de 2022 de Secretaría de Sala Plena (fs. 19), se informa que hasta la fecha, la solicitante no dio cumplimiento a las prerrogativas destinadas a la continuidad del trámite a efecto de subsanar lo observado en la providencia. Posteriormente, Mirian Condori Pizarro sin subsanar las observaciones, presentó un escrito solicitando desglose de todos los documentos aparejados a su demanda.

Con este antecedente, siendo atribución de este Tribunal cuidar que el proceso se desarrolle sin vicios de nulidad, corresponde aplicar la facultad contenida en el art. 113.I del CPC y declarar por no presentada la demanda de Homologación de Sentencia de Divorcio.