AS/0207/2022
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0207/2022

Fecha: 29-Nov-2022

CONSIDERANDO III

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, a través del Auto Supremo N° 08/2022 de 07 de febrero (fs. 42-43), dispuso la detención preventiva del ciudadano boliviano WALTER SALINAS MAMANI, comisionando expedir y ejecutar mandamiento de detención con habilitación de días y horas inhábiles al Juez de Instrucción en lo Penal de Turno de Oruro, con auxilio de la INTERPOL o cualquier organismo policial. Asimismo, determinó que el Juzgado Público en Materia de Niñez y Adolescencia a cargo del proceso de guarda de la niña J.L.S.CH., remita copias legalizadas del proceso e informe a este Supremo Tribunal de Justicia, sobre la situación jurídica de la menor.

La Sentencia N° 19/2021 de 01 de septiembre (fs. 661-663), pronunciada por el Juzgado de Instrucción en lo Penal N° 5 de Oruro, a cargo del Juez William García Ríos, condena en procedimiento abreviado a WALTER SALINAS MAMANI, a una pena privativa de libertad de tres años a cumplirse en el Penal de San Pedro de la ciudad de Oruro. Posteriormente, por Auto interlocutorio de 01 de septiembre de 2021 (fs. 664), la misma autoridad dispone la suspensión condicional de la pena, cumpliendo durante un año las siguientes condiciones: (i) la prohibición de cambiar de domicilio sin autorización del Juez; (ii) la prohibición de abstenerse del consumo de estupefacientes y bebidas alcohólicas, (iii) la prohibición de cometer otros delitos dolosos; y (iv) someterse a vigilancia del Juez de Ejecución Penal de manera bimensual por el tiempo de un año.

Por Auto interlocutorio de 03 de agosto de 2021 (fs. 592-587), dentro el proceso de reinserción a familia de origen, el Juzgado de Público de Niñez y Adolescencia N° 2 de la ciudad de Oruro, a cargo del Juez Carlos Vallejos Flores, dispuso la reinserción de la menor de edad J.L.S.CH. a su familia de origen junto a su progenitora Gladys Charcas Guarachi. Adicionalmente se dispuso: (i) que la Embajada de la República Argentina en Bolivia, establezca los mecanismos idóneos e inmediatos para el traslado de la menor; (ii) asimismo, realice un seguimiento a la situación de la menor de edad y de la responsabilidad de la madre por un periodo de tres meses, debiendo remitir dos informes bajo alternativa de presentar queja y representación diplomática; y (iii), se inicie por la Dirección de Igualdad de Oportunidades dependiente del Municipio de Oruro por medio del Servicio Legal Integral Municipal (SLIM), la acción penal en contra de Demetrio Charca Quenta por el presunto delito de agresión sexual en contra de Gladys Charca Guarachi.

Por el informe de 22 de marzo de 2022 (fs. 646-647), el Juez Público de la Niñez y Adolescencia N° 2 de la ciudad de Oruro, elevó lo siguiente: que el Consulado de Bolivia en Argentina coadyuvó en la valoración psicosocial a la progenitora, lo que permitió luego de llevar adelante audiencias virtuales, la reinserción familiar y el retorno de la menor de edad J.L.S.CH. a la República Argentina para el reencuentro con su progenitora. Tal como se evidencia del registro fotográfico presentado por el Consulado de la República Argentina en Bolivia (fs. 620-630).

En el caso de autos, la Embajada de la República Argentina en Bolivia, mediante Nota REB N° 323 de 01 de septiembre de 2022 dirigida al Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia, quien a su vez remite la Nota Nº GM-DGAJ-UAJI-Cs-2676/2022 de 09 de septiembre, hace conocer que se deja sin efecto la solicitud de detención preventiva con fines de extradición del ciudadano boliviano WALTER SALINAS MAMANI; a cuyo efecto, adjuntó exhorto expedido por el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N° 54, Secretaría N° 73 de la ciudad autónoma de Buenos Aires – Argentina.

Del contenido del exhorto, podemos extraer que el desistimiento de la detención preventiva con fines de extradición del ciudadano boliviano WALTER SALINAS MAMANI, quedó archivada al haber adquirido firmeza lo resuelto en el incidente de falta de acción, resolviéndose archivar las actuaciones por imposibilidad de proceder, en virtud de la condena impuesta a WALTER SALINAS MAMANI, el 01 de septiembre de 2021 en el marco de la causa CUD 401502012101006 del juzgado de Instrucción Penal N° 5 de Oruro en relación a los mismos hechos pesquisados por sustracción de menor.

En consecuencia, conforme al marco normativo y jurisprudencial citado en el Considerando II de la presente resolución y sin mayor trámite, corresponde a este Tribunal Supremo de Justicia dar curso a la solicitud de la Embajada de la República Argentina ante el Estado Plurinacional de Bolivia, de dejar sin efecto la solicitud de detención preventiva con fines de extradición del ciudadano boliviano WALTER SALINAS MAMANI.