AS/0891/2022-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0891/2022-RA

Fecha: 11-Nov-2022

CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso

1. Viviana Mariaca de Pereira, por memorial de fs. 69 a 73, ratificado de fs. 77 a 81; inició el proceso ordinario de usucapión decenal contra Isabel Mamani Vda. de Espinoza, Macario Villa y Emeterio Pablo ambos Mamani Laura, en su condición de herederos de Felipe Mamani Montes, quienes una vez citados, el ultimo, según escrito de fs. 235 a 238 vta., respondió de forma negativa a la demanda y promovió acción reivindicatoria, mejor derecho propietario, más pago de daños y perjuicios, demanda reconvencional que fue declarada por no presentada mediante Resolución N° 17/2019 de 07 de enero, visible a fs. 269; desarrollándose de esta manera el proceso hasta la emisión de la Sentencia Nº 747/2021 de 23 de septiembre, que sale de fs. 806 a 810 vta., en la que la Juez Público Civil y Comercial 15° de la ciudad de La Paz, declaró IMPROBADA la demanda principal.

2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Viviana Mariaca de Pereira, mediante memorial cursante de fs. 822 a 825, dio lugar a que la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emita el Auto de Vista N° 379/2022 de 05 de septiembre, corriente de fs. 1040 a 1044 vta., que CONFIRMÓ la Sentencia Nº 747/2021 de 23 de septiembre.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Viviana Mariaca de Pereira, según memorial cursante de fs. 1052 a 1053 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.