CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso
1. Wilson Freddy Ponce Luna por escrito de fs. 189 a 199, inició proceso ordinario de simulación absoluta de contrato, nulidad de contrato, sub inscripción de superficie y reivindicación, contra Crisologo Bravo Vargas y Abigail Alemán Cari, quienes una vez citados, mediante memorial de fs. 304 a 313 vta., se apersonaron y contestaron negativamente a la demanda; desarrollándose de esta manera la causa hasta la emisión de la Sentencia Nº 10/2022 de 27 de junio, que sale de fs. 569 a 581, en la que el Juez Público Civil y Comercial 7° de la ciudad de Oruro, declaró IMPROBADA la pretensión principal, contenida en la demanda, IMPROBADA la nulidad por simulación absoluta del contrato de venta, IMPROBADA la nulidad de contrato privado, la sub inscripción de la superficie y características técnicas del bien inmueble y consiguiente reivindicación así como la pretensión accesoria de daños y perjuicios, IMPROBADA la nulidad de documento de transferencia de 06 de julio de 2007, PROBADA en parte la demanda reconvencional de cumplimiento de obligaciones de extender minuta; e IMPROBADA con relación a los daños y perjuicios.
2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrido en apelación por Wilson Freddy Ponce Luna, según memorial saliente de fs. 591 a 601 vta., originó que la Sala Civil, Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, emita el Auto de Vista Nº 492/2022 de 26 de septiembre, corriente en fs. 668 a 677 vta., que CONFIRMÓ la Sentencia N° 10/2022 de 27 de junio.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Wilson Freddy Ponce Luna, mediante memorial de fs. 686 a 693, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
