III. MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
De acuerdo al Auto Supremo 776/2022-RA de 18 de julio, corresponde el análisis de fondo del siguiente motivo.
La recurrente, refiere que el Auto de Vista realizó una errónea aplicación de la Ley, al no dar cumplimiento a lo previsto por el art. 124 del CPP, porque no se cumplió con fundamentar el porqué de la Sentencia absolutoria y no se daría valor a la prueba documental y testifical, siendo que la resolución impugnada señaló que el Tribunal de primera instancia hubiera estado debidamente fundamentada; sin embargo, el Auto de Vista no hubiera considerado que la maquinaria que se le hubiera vendido, hubiera sido con documentación falsa; motivo por el cual, considera que el Tribunal de alzada al no considerar dicho factor hubiera incurrido en falta de fundamentación respecto de la comisión de los delitos denunciados.
