DATOS GENERALES
Por memorial de 01 de noviembre de 2002, cursante de fs. 107 a 112 vta., Teófilo David Zabala Meneses, impugna el Auto de Vista 129/2022 de 19 de octubre de fs. 95 a 103 vta., emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso seguido en su contra por el Ministerio Público y Saúl Reynaldo Huarachi Mamani en representación legal de la Empresa Minera Huanuni E.M.H, por la presunta comisión del delito de Hurto, previsto y sancionado por el art. 326 del Código Penal (CP).
II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 023/2022 de 16 de mayo (fs. 56 a 63 vta.), el Tribunal 1 de Sentencia Penal, Público de la Niñez y Adolescencia, de Partido del Trabajo y Seguridad Social y Sentencia Penal de Huanuni del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, declaró a Teófilo David Zabala Meneses, absuelto de la comisión del delito de Hurto, previsto y sancionado por el art. 326 del CP.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, la víctima planteó recurso de apelación restringida (fs. 65 a 68 vta.), resuelto por el Auto de Vista 129/2022 de 19 de octubre (fs. 95 a 103 vta.), emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, que declaró procedente el recurso planteado; en consecuencia, anuló totalmente la Sentencia impugnada, disponiendo el reenvío de la causa al Juzgado de Sentencia Penal de turno.
