POR TANTO
La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en los arts. 184–1 de la CPE y 42–I–1 de la LOJ, declara INFUNDADO, con costas el recurso de casación de fs. 502 a 503, interpuesto por HILBOCRIL TEXTILES SRL e HILANDERIA TEXTILES SAN IGNACIO SRL, representadas por Víctor Ramiro Gutiérrez Siles; en consecuencia, se mantiene firme y subsistente el Auto de Vista N° 170/2022 de 1 de agosto de 2022 de fs. 578 a 579, pronunciado por la Sala Social y Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.
Se regula el Honorario Profesional del abogado patrocinante en Bs. 2.000.- (Dos mil 00/100 Bolivianos), que mandará pagar el Juez de primera instancia.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
