POR TANTO:
POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184.1 de la CPE y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 110 a 114 vta., interpuesto por Francisca Teodora Barrios Valencia y Bernardo Huanca Nacho, sin con costas ni costos al no existir respuesta al recurso planteado.
