III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
De acuerdo al Auto Supremo Nº 001/2022-RA de 17 de enero, corresponde el análisis de fondo de los siguientes motivos.
De manera extraordinaria se admitió el primer motivo, ya que se identificó el hecho concreto que le causa agravio y el argumento del Auto de Vista que habría originado la restricción, al denunciar el recurrente que el Auto de Vista en su tercer y cuarto considerando, en los que resuelve sobre la errónea aplicación de la ley sustantiva se limitaría a realizar una exposición retórica de los componentes del dolo, realizando una fundamentación citra petita respecto al motivo de apelación porque se limitó a describir la agresión en grado de tentativa, sin describir los elementos de convicción que estuvieran vinculados para establecer la intencionalidad; precisando la vulneración de su derecho al debido proceso en su componente de la debida fundamentación; teniéndose explicado en qué consistieron las omisiones y deficiencias en que incurrió el Tribunal de alzada; y, el resultado dañoso emergente del defecto; es decir, la supuesta falta de fundamentación a su denuncia sobre errónea aplicación de la Ley sustantiva.
Con base a ese motivo, el recurrente solicita, se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado, disponiendo la emisión de una nueva Resolución conforme a la doctrina legal a establecerse en este caso y como alternativa, su propuesta de atenuación de la pena fijada en el fallo.
