Auto Supremo AS/0122/2022-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0122/2022-RRC

Fecha: 21-Mar-2022

III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

De acuerdo al Auto Supremo Nº 510/2021-RA de 16 de agosto, corresponde el análisis de fondo del siguiente motivo.

La parte recurrente reclamó que el Auto de Vista incurrió en falta de fundamentación; puesto que, omitió considerar los argumentos de su apelación, limitándose a señalar que el recurso vendría a ser desordenado y contradictorio que genera problemas de interpretación a momento de dar respuesta a los agravios, no considerando que en apelación cuestionó que conforme el art. 124 del CPP, las sentencias deben ser fundamentadas; sin embargo, el Auto de Vista no se refirió sobre la prueba, menos tomó en cuenta que el Informe Técnico ORUOI-SPCC N°1168/2013 de 18 de octubre, estableció el perjuicio económico según cuadro de valoración ORUOI-VA 556/2013 de 17 de julio, que registra la mercadería incautada en 51 ítems, con un total de tributos omitidos en UFV´s 11.670,39, monto que no se percibió generando daño económico al Estado; además, que en la parte de sus conclusiones en los núm. 2) y 3) ratificó que la DUI 2013/401/C-4041 de 9 de mayo, en el sistema de la Aduana Nacional SIDUNEA no existe, demostrándose que la DUI a nombre de Gloria Diana Colque Choque era falsa; sin embargo, la misma a sabiendas de la falsedad del documento vendió la mercadería a Elda Calle Mamani, aspectos que no fueron valorados que evidencian la comisión de los delitos acusados; no obstante, el Auto de Vista omitió cumplir con su deber de fundamentación sobre el valor integral que debió otorgarse a todos los elementos de prueba. Sobre la problemática planteada, invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos 207/2007 de 28 de marzo y 144/2013 de 28 de mayo.