AS/0037/2022
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0037/2022

Fecha: 06-Abr-2022

RESOLUCIÓN DEL CASO CONCRETO:

La Sentencia de Divorcio de 9 de junio de 2011, emitida por el Tribunal Municipal Starnberg, Juzgado de Familia del Estado Federado de Baviera-Alemania, de fs. 2 a 25; que determinó la disolución del vínculo matrimonial y su ejecutoria y que se encuentran debidamente legalizadas por su Apostilla fs. 10; el Certificado de Matrimonio de fs. 1; que merecen fe probatoria que les asignan los arts. 1296 y 1311 del Código Civil (CC).

Por lo que, encontrándose ejecutoriada la Sentencia de 9 de junio de 2011, emitida por el Tribunal Municipal Starnberg, Juzgado de Familia del Estado Federado de Baviera-Alemania, reúne los requisitos para su validez; y, sin que existan disposiciones contrarias a las normas de orden público de nuestro Estado, adecuándose a lo determinado en el art. 505 del CPC-2013, cumpliendo con el requisito del debido proceso conforme a la legislación de Tribunal extranjero, adquiriendo fuerza de cosa juzgada, y no contravenir las libertades, derechos y garantías fundamentales, así como las prescripciones contenidas en el Código de las Familias.

En consecuencia, es procedente el petitorio al estar cumplidos los requisitos establecidos para el efecto, en el art. 505-11 del CPC-2013.