POR TANTO:
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad contenida en el art. 248-I del CPC-2013, DECLARA LA EXTINCIÓN POR INACTIVIDAD del proceso contencioso administrativo interpuesto por el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz representado legalmente por Noemí Miriam Lastra Vía, contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria; por consiguiente, se dispone el archivo de obrados y el desglose de la documentación original adjunta, debiendo quedar en su lugar fotocopias debidamente legalizadas.
Procédase a la devolución de los antecedentes administrativos remitidos por la entidad demandante.
