III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
El recurrente da a conocer que en su apelación restringida denunció, la errónea valoración de la prueba, citando como precedente contradictorio la Sentencia Constitucional 262/2019-S3 de 8 de julio por cuanto la Sentencia no otorgó una debida fundamentación respecto al valor de cada uno de los elementos probatorios, limitándose a señalar que existirían pruebas, por lo que procedió a dictar sentencia condenatoria, sin especificar cuál el valor otorgado a cada prueba; no obstante, fue ratificado por el Auto de Vista impugnado.
Menciona que denunció falta de individualización y participación en el hecho, citó como precedente contradictorio la Sentencia Constitucional 0276/2018-S2 de 25 de junio de 2018; empero, el Auto de Vista vulneró dicho fallo, Sentencia Constitucional, por cuanto, se limitó a señalar que no se manifestó el reclamo causándole agravio sobre la individualización y su participación en el hecho, vulnerando el art. 370 núm. 2) del CPP.
