III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Reclaman los recurrentes que, el Auto de Vista impugnado: i) Carece de fundamentación respecto al agravio de apelación concerniente a la ilegal incorporación de las pruebas de cargo signadas como MP 2 y MP 3, que fueron excluidas mediante Resolución 150/2013, señalando de forma lacónica el Tribunal de alzada: “al respecto es necesario tomar en cuenta que este mismo fundamento ha sido interpuesto para la apelación diferida, la misma que ha sido considerado y fundamentado en el Auto de Vista No., al cual nos remitimos en forma íntegra", extremo que vulnera el art. 124 del Código de Procedimiento Penal (CPP); y, ii) No absolvió los agravios señalados en su recurso de apelación restringida, ingresando en contradicción al Auto Supremo 5 de 26 de enero de 2007.
Manifiestan los recurrentes que, el Auto de Vista impugnado en el inc. 4) del IV Considerando, no absuelve los “agravios señalados” en su apelación, limitándose a realizar una transcripción de la Sentencia, no fundamentando el porqué de la decisión, incumpliendo la tutela judicial efectiva al no dar a conocer una respuesta positiva o negativa debidamente fundamentada, extremo que vulnera el debido proceso y el art. 124 del CPP, concurriendo defecto absoluto al tenor del art. 169 inc. 3) del CPP. Invocan el Auto Supremo 479 de 8 de diciembre de 2005.
