POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 42.I.1 de la LOJ y lo previsto por el art. 419 del CPP, declara INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por Yery Yamil Caller Yumacale, José Yovani Bazán Góngora y Fabio Yesus Góngora Bazán de fs. 1281 a 1281 vta.; y 1289 a 1296; con costas.
Regístrese, hágase saber y devuélvase.
FDO.
