III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del análisis del recurso formulado, se tiene que el recurrente, previa exposición de los fundamentos de la Sentencia señaló que en apelación restringida cuestionó: i) la falta de fundamentación de la Sentencia, que es insuficiente y contradictoria con la verdad de los hechos y con los medios de prueba; ii) la valoración defectuosa de la prueba porque los elementos de prueba tanto de cargo como descargo, tan solo se valoraron las pruebas dirigidas a sentenciarlo; iii) la inobservancia de las reglas relativas a la congruencia entre la Sentencia y la acusación; respecto a lo cual el Auto de Vista, no responde a los hechos denunciados ni a los antecedentes del Juicio, puesto que hace alusión a las diferentes horas en que se hubiera cometido el hecho delictivo.
Asimismo, señala que el Tribunal de Alzada al resolver el Recurso de Apelación, entre sus fundamentos refiere que de la declaración testifical del Forense Freddy Quispe Antezana, se ha podido establecer claramente que un puño al tomar contacto con el hueso del cráneo, puede haber provocado la lesión en la víctima, aseveración que no concuerda con el hecho dilucidado en juicio oral, puesto que se trata de una lesión en parea ocular izquierdo que no tiene relación con la lesión en el cráneo, argumentos que, a decir del recurrente, evidenciarían que el Tribunal de Alzada, no se dio la molestia de revisar los antecedentes del recurso de apelación, declarando improcedente su recurso sin observar que la Sentencia debe contener los fundamentos que asumió el imputado en la causa en ejercicio de su derecho a la defensa (tanto técnica como material) y debe esbozar con criterio racional y certero, los elementos constitutivos del o los tipos penales por el que el imputado recibe una condena. Acusa que la falta de motivación en la Sentencia y otros argumentos no fueron tomados en cuenta en el Auto de Vista, además que la Sentencia no analiza ni se pronuncia en absoluto sobre los argumentos y fundamentos esgrimidos durante el Juicio oral para su defensa técnica y material.
