AS/0006/2022
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0006/2022

Fecha: 14-Jun-2022

POR TANTO

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, en ejercicio de la atribución contenida en el numeral 7 del art. 184 de la Constitución Política del Estado, en el numeral 6 del artículo 38 de la Ley del Órgano Judicial, así como el núm. 2 del art. 50 y núm. 2 del art. 424 del Código de Procedimiento Penal, en virtud de los fundamentos expuestos, y en consonancia con el requerimiento del Ministerio Público, falla en única instancia ANULANDO la Sentencia N° 010/2018 de 15 de diciembre, pronunciada por el Juzgado de Instrucción Penal N° 1 de Muyupampa, Distrito Judicial de Chuquisaca, en la parte referida a la fijación de la pena, y en su mérito, impone a Marcelo Vaca Méndez la pena privativa de libertad de tres (3) años, por la comisión del delito de Estupro, manteniéndose firme y subsistente en todo lo demás la Sentencia N° 010/2018 de 15 de diciembre.

En consideración a que, desde el inicio del cumplimiento de la condena, el 15 de diciembre de 2018, conforme "Kardex Personal del Privado de Libertad" a la fecha, ha transcurrido más tiempo del que fue determinado en la condena impuesta, en aplicación de lo que determina el primer párrafo del artículo 426 del Código de Procedimiento Penal, se ORDENA que de manera inmediata, el Juez de Ejecución Penal de Turno de Chuquisaca, emita el mandamiento de libertad definitivo a favor de Marcelo Vaca Méndez. Procédase a la devolución del expediente original remitido por el Juzgado de Instrucción Penal N° 1 de Monteagudo del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca.

Regístrese, notifíquese y archívese.

Ricardo Torres Echalar

PRESIDENTE

Esteban Miranda Terán

DECANO

José Antonio Revilla Martínez

MAGISTRADO

María Cristina Díaz Sosa

MAGISTRADA

Marco Ernesto Jaimes Molina

MAGISTRADO

Juan Carlos Berrios Albizu

MAGISTRADO

Olvis Egüez Oliva

MAGISTRADO

Carlos Alberto Egüez Añez

MAGISTRADO

Edwin Aguayo Arando

MAGISTRADO

Sandra Magaly Mendivil Bejarano

SECRETARIA DE SALA PLENA