Auto Supremo AS/0413/2022-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0413/2022-RA

Fecha: 20-Jun-2022

CONSIDERANDO I:ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Mediante memorial de fs. 266 a 270, subsanada de fs. 279 a 281 y de fs. 283 a 284 vta., Antonio Quispe inició demanda ordinaria de usucapión decenal contra Sofía Nancy, Mercedes Elizabeth Golde y José Alejandro todos Goytia Gonzales y posibles herederos de José Goytia Meneses, quienes una vez citados respondieron negativamente a la demanda e interpusieron demanda reconvencional de reivindicación por memoriales de fs. 425 a 433 vta., subsanada a fs. 438 vta., designándose defensor de oficio de los posibles herederos de José Goytia Meneses por proveído de 11 de enero de 2018 a fs. 511, quien a tiempo de apersonarse al proceso contestó negativamente a la demanda por memorial de fs. 515 a 516; desarrollándose de esa manera la causa hasta dictarse la Sentencia N° 154/2019 de 12 de marzo de fs. 683 a 691 vta., y Auto complementario N° 213/2019 de 03 de abril de fs. 696 y vta., donde el Juez Público, Civil y Comercial 15° de la ciudad de La Paz declaró IMPROBADA la demanda de usucapión decenal y PROBADA la demanda reconvencional de reivindicación interpuesta por los demandados Sofía Nancy, Mercedes Elizabeth Golde y José Alejandro todos Goytia Gonzales.

2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por Antonio Quispe mediante memorial de fs. 699 a 708, y adhesión por parte del Gobierno Autónomo Municipal de la ciudad de La Paz por memorial de fs. 713 a 714 vta., motivó que la Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz emita el Auto de Vista N° 53/2022 de 25 de febrero de fs. 879 a 883 vta., por el cual CONFIRMÓ la Sentencia.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Antonio Quispe, según escrito cursante de fs. 947 a 966; recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad