POR TANTO:
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42 num.1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, dispone la ADMISIÓN del recurso de casación cursante de fs. 137 a 140 vta., interpuesto por Vitalio Saci Sacaca, contra el Auto de Vista N° 32/2022 de 03 de mayo, que sale de fs. 132 a 135 vta., pronunciado por la Sala Civil, Comercial, de Familia y Niñez y Adolescencia Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí.
La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación.
