Auto Supremo AS/0558/2022-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0558/2022-RA

Fecha: 17-Jun-2022

III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

El recurrente señala que el Auto de Vista impugnado se encuentra viciado de nulidad, por violación del debido proceso en sus elementos configurativos del derecho a la defensa, derecho a la igualdad de las partes y derecho a la motivación, fundamentación y congruencia, pues en su Considerando II los vocales identificaron los fundamentos del recurso de apelación, respecto de los cuales tenían la obligación de absolver de manera fundamentada y motivada. Añade que, respecto al primer punto, se manifestó que el recurso carece de mérito ya que no se habría explicado de qué modo el Tribunal de Sentencia no habría realizado una adecuada labor de subsunción, lo cual violenta el debido proceso, pues no realizaron fundamentación alguna sobre la errónea aplicación de la pena. Es decir, ignoraron de manera arbitraria la doctrina legal sentada en el Auto Supremo 353/2013- RRC de 27 de diciembre de 2013 en lo concerniente a la obligación de los administradores de justicia de fundamentar sus resoluciones.

Asimismo, cita los Autos Supremos 199/2013 de 11 de julio y 40/2013 de 21 de febrero y la Sentencias Constitucionales 776/2013 de 10 de junio y 1088/2016- S2 de 3 de noviembre.

Agrega que, sobre el segundo punto de apelación, siendo que fue acusado y procesado por el delito previsto en el art. 308 Bis del CP, el Tribunal de Alzada transcribe una relación de hechos que corresponden a un delito por homicidio en accidente de tránsito, vulnerándose de esta manera también el debido proceso en sus elementos del derecho a la defensa, la igualdad y la fundamentación y motivación. Señala que de esta forma su reclamo en relación al art. 370. 3.4,5, 6 y 11 del CPP, no fue atendido conforme a normativa, vulnerándose el debido proceso en sus elementos constitutivos de los derechos a la defensa, igualdad y debida fundamentación.