Auto Supremo AS/0575/2022-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0575/2022-RA

Fecha: 17-Jun-2022

III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

El recurrente denuncia que los Vocales advirtieron que la Sentencia “no adolecía de ningún defecto y que durante la celebración del Juicio Oral no se demostró que lo hoy acusados hubiesen incurrido en conducta reiterado en hechos similares y por falta de prueba de los apelantes solo tiene el propósito de dilatar la conclusión del proceso penal que se tiene por objetivos de evitar la ejecución de la presente sentencia” (sic); en ese sentido, el fallo emitido con idoneidad y lealtad por la autoridad judicial y la pretensión de confundir por parte del Órgano Judicial resulta dilatorio para el caso de autos, citando y transcribiendo al respecto los Autos Supremos 231 de 4 de julio de 2006, 329 de 29 de agosto de 2006 y 724 de 26 de noviembre de 2004, refiere que en la causa existe deslealtad jurídica por la acusación particular, ya que hasta la realización del juicio oral no presentó el manual de funciones y estructura orgánica del nivel de jerarquía de la Secretaría de Obras Públicas de la Gobernación, sin percatar que el ítem asignado 3107 es de un funcionario de bajo rango con un sueldo de Bs. 2000, pues el proceso se instaura con la pretensión de perjudicar al imputado desmereciendo la formación universitaria, teniendo que en la gestión 2006 al 2010, ingresó a trabajar como egresado de la carrera de Ingeniería Civil; sin embargo, la entidad acusadora no hizo mención al referido ítem adscrita en la prueba MP-37, relativo al cumplimiento de requisitos adscritos al cumplimiento con la Constitución Política del Estado, ser boliviano, bachiller además del manejo de archivos; de conformidad a lo descrito, sostiene que en ningún momento se indicó que el cargo que optó era de un funcionario de servicio conforme se prevé en la prueba aludida con anterioridad.