III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
El recurrente refiere que al momento de interponer la apelación restringida ha fundamentado separadamente cada una de las disposiciones violadas y erróneamente fundamentadas en la sentencia, invocando tres agravios descritos en los numerales 1), 5) y 6) del art. 370 del Código de Procedimiento Penal (CPP), de los cuales, según el reclamante, sólo el agravio descrito en el numeral 1 fue respondido en el Auto de Vista impugnado, dejando de lado los demás agravios denunciados, situación que, según expresa, vulneró su derecho al debido proceso en su vertiente de fundamentación por el incumplimiento del art. 398 del CPP referente a la competencia de los Tribunales de alzada en su labor de circunscribir las resoluciones sólo en los aspectos cuestionados, citando la SC 002/2016 – S3 de 04 de enero en alusión al principio de pertinencia.
