Auto Supremo AS/0592/2022-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0592/2022-RA

Fecha: 17-Jun-2022

III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

1) Denuncia que el Tribunal de alzada omitió reparar la vulneración de Sentencia dispuesta en el núm. 4 del art. 370 del Código de Procedimiento Penal (CPP), que se basó en elementos no incorporados legalmente al juicio incurriendo en vulneración de los derechos y garantías constitucionales; puesto que determinó su culpabilidad sin considerar sus pruebas documentales y en base a la declaración testifical de la denunciante; motivo por el cual se violentó el principio de igualdad de las partes puesto que además tales declaraciones entraron en contradicción con la relación de hechos presentada por el Ministerio Publico.

Manifiesta que, si bien existen requisitos exigidos por los arts. 416 y 417 del CPP en el caso corresponde realizar una revisión de oficio al existir violaciones flagrantes al debido proceso y vulneraciones a los derechos, garantías y principios constitucionales defectos que denuncia como insubsanables conforme disponen los arts. 169 inciso 3) y 370 de la Ley adjetiva penal.

2) Expresa que las declaraciones testificales emitidas por la madre de la víctima Rosa Salas Vanegas fueron contradictorias al manifestar que 3 personas abusaron sexualmente de la víctima, también que declaró que el agresor era Freddy Guaripachio Cuéllar que hubiese hecho uso de violencia física, amedrentamiento verbal y psicológico para contradecirse finalmente manifestando que las relaciones sexuales fueron consentidas de mutuo acuerdo; igualmente expresó que no se llegó a demostrar su participación en la comisión del ilícito y la concurrencia de intimidación a la víctima por lo que toda la acusación está basada en conjeturas que generan la duda razonable en su beneficio tal como establece el art. 116 del CPP, expresa que no existían pruebas que demuestren la comisión del delito, toda vez que la Sentencia realizó una defectuosa valoración de la prueba basando sus conclusiones en un certificado médico forense que no determinaba que era autor del hecho delictivo menos aun su participación en calidad de cómplice, puesto que no existió violación a menor sino más bien relaciones sexuales consentidas entre la víctima y el imputado Freddy Guaripachio, finalmente manifiesta que no se encontraba presente en el lugar durante la consumación del ilícito.