III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
De acuerdo al Auto Supremo Nº 036/2022-RA de 15 de febrero, corresponde el análisis de fondo del siguiente motivo:
En el Auto de Vista impugnado, se incurrió en vulneración a su derecho al Debido Proceso en su componente de fundamentación, lo que representaría un defecto absoluto conforme lo previsto por el art. 169.3) del CPP, privándole del conocimiento sobre las razones que motivaron la conformación del quantum de la pena, puntualmente señala que omitió pronunciarse respecto a los arts. 362 del CPP y 38.2 del CP, respecto de los cuales denunció su inobservancia a tiempo de interponer su recurso de apelación. Asimismo, señaló que existiría contradicción pues, por un lado, sostuvo que la existencia de otras víctimas no fue establecida en la Sentencia como un hecho probado; sin embargo, posteriormente al analizar el agravio de apelación señala que la existencia de otras víctimas fue corroborada con pruebas documentales, lo que le generaría incertidumbre, por su falta de claridad y señala que pese a que reclamó la existencia de incongruencia entre la acusación y concretamente la fundamentación jurídica para determinar el quantum de la pena; no obstante, el Auto de Vista expuso argumentos para sostener que no existió incongruencia entre la acusación, los hechos probados y la determinación de culpabilidad, pero que no fue cuestionada en su recurso esa incongruencia e invocó el Auto Supremo 5 de 26 de enero de 2007 como precedente contradictorio.
