III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Señala el recurrente, que el Auto de Vista 064/2020, infringió el art. 124 del Código de Procedimiento Penal (CPP), por cuanto no contiene explicación fundamentada y justificada del porqué considera la Sentencia de grado no incurrió en los agravios denunciados por el imputado en apelación restringida, así como, brinda un valor de verdad absoluto a ciertos medios de prueba que admiten razonablemente oposición. De igual manera el recurrente destaca que los de alzada, a tiempo de resolver su reclamo sobre el procedimiento de realización de una pericia, no se pronunció en específico sobre los detalles que envolvieron el reclamo, sino de manera general determinó la improcedencia del reclamo.
Invoca como precedente contradictorio el Auto Supremo 003/20174-RRC de 10 de febrero.
