III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
El recurrente refiriendo haber denunciado en su recurso de apelación la ineficiente y contradictoria fundamentación de la Sentencia y defectuosa valoración probatoria, que vulneró lo dispuesto en los arts. 124 y 173 del Código de Procedimiento Penal (CPP), acusó que el Tribunal de alzada con carencia de fundamentación corroboró la decisión judicial del Juzgado de Sentencia, haciendo suyos tanto los fundamentos como la decisión judicial de la Sentencia, sin una consideración objetiva y en contradicción de otros precedentes jurisdiccionales, violando la garantía constitucional del derecho al debido proceso, falta de fundamentación referida a los siguientes puntos: i) Inobservancia de la ley sustantiva, falta de adecuación de la conducta al tipo penal y violación del debido proceso. ii) Que no se dio un determinado valor a cada uno de los elementos de prueba, al no haberse expresado los motivos de hecho y de derecho, en los que fundó su decisión y el valor otorgado a los medios de prueba.
Sobre el punto, invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos 322 de 28 de agosto de 2006, 119 de 20 de abril de 2005 y 349 de 28 de agosto de 2006.
