VISTOS
La excusa formulada por el Magistrado Lic. José Antonio Revilla Martínez, para apartarse del conocimiento del presente proceso y todo cuanto ver convino y se tuvo presente:
ANTECEDENTES PROCESALES: Habiendo adquirido conocimiento del Recurso de Casación promovido por Alvaro Molina Zabala, Carlos Antonio Zubieta Aguilar y Roger Omar Macilla Campero, en representación legal del Banco Central de Bolivia (BCB), el indicado Magistrado hizo conocer a este Tribunal que, conforme acredita la Sentencia N° 05/2021 de 10 de febrero de 2021, de fs. 188 a 195, su persona emitió criterio sobre la problemática objeto de controversia, al declarar IMPROBADA la demanda de fs. 55 a 62, dentro del proceso Contencioso, seguido a demanda de la entidad recurrente BCB contra el Gobierno Autónomo Departamental de Potosí (GADP) y que ahora es motivo de la interposición del recurso.
En ese entendido, se advierte que el indicado Magistrado se encuentra comprendido en la causal de excusa prevista por los arts. 27 numeral 8) de la Ley del Órgano Judicial (LOJ) y 347 numerales 8) del Código Procesal Civil (CPC-2013), aplicables al caso; pues, existe una opinión sobre la pretensión litigada, que conste en actuados judiciales.
