ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 14 de 5 de julio de 2021 (fs. 1864 a 1870), el Tribunal de Sentencia Quinto del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a Gustavo Alfonso Ávila Parada, autor de la comisión del delito de Estafa agravada, previsto y sancionado por el art. 335 con relación al art. 346 bis. ambos del CP, imponiendo la pena de 8 años de presidio, más el pago de costas procesales y multa de 400 días.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, Gustavo Alfonso Ávila Parada formuló recurso de apelación restringida (fs. 1893 a 1900), resuelto por Auto de Vista 87 de 30 de diciembre de 2021, emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que declaró admisible e improcedente el recurso planteado; en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada.
