III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
De acuerdo al Auto Supremo N° 216/2022-RA de 11 de abril, corresponde el análisis de fondo del siguiente motivo:
El Auto de Vista impugnado carece de fundamentación y motivación, puesto que no cumple con los lineamientos establecidos por el art. 124 del CPP, modificado por la Ley de Abreviación Procesal Penal Nº 1173; puesto que, en su apelación restringida denunciaron la inobservancia o errónea aplicación de la Ley, prevista en el art. 370 inc. 1) del CPP, pero el Auto de Vista impugnado no se pronunció al respecto, simplemente se limitó a señalar que supuestamente los recurrentes serían autores del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, vulnerando el derecho al debido proceso establecido en los arts. 14 y 115, de la Constitución Política del Estado (CPE).
