III. MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
Previa referencia al contenido del Auto de Vista impugnado, denuncia que el Tribunal de alzada emitió una resolución carente de una debida fundamentación y motivación al resolver el defecto de Sentencia previsto en el art. 370 inc. 6) del Código de Procedimiento Penal (CPP); es decir, que la sentencia se base en hechos inexistentes o no acreditados o en valoración defectuosa de la prueba.
