POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 42.I.1 de la LOJ, lo previsto por el art. 419 del CPP, en el contexto del art. 40.I de la Ley 254, declara INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por Sergio Rodolfo Vera Zárate, de fs. 358 a 366.
Regístrese, hágase saber y cúmplase.
FDO.
Magistrado Relator Dr. Edwin Aguayo Arando
Magistrado M.Sc. Olvis Eguez Oliva
Secretario de Sala Penal M.Sc. Rommel Palacios Guereca
