II. RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN
Contra el indicado Auto de Vista, la propietaria del restaurante “El palacio de los pollos” María Mercedes Encinas Claros, formuló recurso de casación, conforme a los argumentos siguientes:
Argumentos del recurso de casación en el fondo:
1.- El Juez y el Tribunal de apelación, incurrieron en aplicación e interpretación incorrecta del principio de primacía de la realidad, sin explicar a que se refieren y que el pago del desahucio se encuentra sustentado por la Juez de la causa.
2.- Que el citado principio de primacía de la realidad determina que en caso de existir discrepancia entre los hechos lo declarado en los documentos o en las formalidades se preferirá siempre lo ocurrido en la realidad.
3.- Que la trabajadora se hizo elaborar un finiquito, aumentándose el tiempo de servicios en tres meses y 18 días y al no haber sido pagados esos meses supuestamente trabajados hizo caer en error al Juez, quien amparándose en la jurisprudencia señaló que al no haberse pagado sus salarios opero el despido indirecto y por ende es acreedora al desahucio.
4.- La decisión recurrida importa una resolución arbitraria e incongruente en los términos de la reiterada jurisprudencia de nuestro más alto tribunal sobre la materia, por lo que, además de apartarse de la solución normativa ya señalada no comporta una derivación razonada del derecho vigente, adolece de omisiones, errores y desaciertos de gravedad extrema que la tornan inhábil como acto judicial.
Petitorio:
Solicitó Case el Auto de vista N° 04 de 11 de enero de 2022, en su totalidad.
Contestación:
No existe contestación pese a la legal notificación de fs. 97 con el traslado del recurso.
Admisión:
Mediante Auto de 15 de julio de 2022 de fs. 107, la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia admitió el recurso de casación, de fs. 95 a 96, que se pasa a resolver.
