III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
El recurrente refiere que, el acusado determinó mediante la resolución 782/2017, la ilegalidad de la aprehensión, bajo el presupuesto que no existía la acción directa ni actas de aprehensión, lo cual, según el reclamante, en el desarrollo del juicio se presentó los documentos que fueron observados por el imputado para resolver la ilegalidad de la aprehensión. Indica también que el prevaricato es un delito instantáneo que se consuma desde la emisión de la Resolución y que el imputado en su condición de Juez de garantías debió verificar que existieran las actas de acción directa y de aprehensión de los imputados, pues esa era su obligación. Añade además que, existió una errónea aplicación de la ley sustantiva, aludiendo que el Tribunal de alzada argumentó que el delito de prevaricato se da cuando el Juez emite una Sentencia definitiva, cuando en ninguna parte del art. 173 del CP señala que es exclusivo para resoluciones definitivas.
