AS/1231/2022-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/1231/2022-RA

Fecha: 26-Sep-2022

III. MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN

La parte recurrente denuncia la “INSUFICIENTE FUNDAMENTACIÓN Art. 124 DEL C.P.P. E INCORRECTA INTERPRETACIÓN DE LOS Art. 173, 370 núm. 6 y 398 DEL C.P.P.” (sic), pues el Auto de Vista impugnado al resolver el defecto de Sentencia previsto en el art. 370 inc. 6) del Código Procedimiento Penal (CPP), carece de una debida fundamentación y motivación, en contrasentido de lo establecido en el art. 124 del CPP, limitándose a determinar que su apelación no hubiese expresado de manera clara y precisa de qué manera no se hubiera fundamentado la valoración de la prueba; empero, los elementos extrañados se encuentran en su recurso. Añade que el Tribunal de apelación tampoco consideró lo determinado en el art. 398 del CPP, toda vez que fundamenta su resolución en hechos que no fueron parte de su recurso, siendo un vicio de incongruencia; en el mismo sentido, no resuelve los aspectos en relación a los retiros de acusaciones por parte de la víctima. De aquella manera se vulneraría la seguridad jurídica y el debido proceso.

Al efecto invoca en calidad de precedentes contradictorios a los Autos Supremos 56/2013 de 5 de marzo, 348/2013-RRC de 24 de diciembre, 287/2013 de 8 de octubre, 813/2020-RRC de 8 de diciembre, 80 de 24 de mayo de 2005, 290/2005 y 226/2005, además de las Sentencias Constitucionales 0957/2004-R de 17 de junio, 2232/2013 de 16 de diciembre, 0254/2014 de 12 de febrero, 12/2002-R de 9 de enero, 1523/2004-R de 28 de septiembre, 682/2004-R de 6 de mayo, 905/2006-R de 18 de septiembre, 717/2006 de 21 de julio, 505/2006-R de 31 de mayo y 1369/01-R de 19 de septiembre, 97/2006-R de 25 de enero, 887/2005-R de 29 de julio, 163/2005 de 28 de febrero, 395/1999-R de 9 de diciembre, 362/2006-R de 12 de abril, 1330/2003-R y 753/2003-R.