POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad al art. 125 del CPP, resuelve declarar: NO HA LUGAR a la solicitud de explicación y complementación del Auto Supremo 632/2022 de 29 de junio, formulada por Jhonny Limachi Nava, por lo que se mantiene firme e incólume el fallo.
Regístrese y hágase conocer.
