AS/0051/2023-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0051/2023-RA

Fecha: 20-Ene-2023

III. MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN

La recurrente denuncia ausencia de fundamentación en vulneración al debido proceso, siendo que el Tribunal Supremo ha sentado línea jurisprudencial en sentido que los Tribunales de Apelación deben pronunciarse de forma puntual y precisa. Manifiesta que el Auto de Vista más allá de eludir, fundamentar y motivar, señaló que el memorial de recurso es únicamente nominativo y después de hacer un resumen se limitó a consideraciones genéricas, concluyendo que en la Sentencia se habría generado plena convicción de que la conducta se adecuó a los tipos penales. Asimismo, cuestiona el análisis de la prueba producida en juicio, y que la Sentencia vulneró su derecho y garantía de presunción de inocencia, correspondiendo a la acusación la carga de la prueba, siendo que el Tribunal de Alzada olvidó su labor de control de logicidad sobre la prueba.

Agrega que el Tribunal de Alzada vulneró su derecho al debido proceso en su elemento de fundamentación y motivación, respecto a su agravio expuesto en apelación vinculado al art. 370 del CPP, es decir que la sentencia se base en hechos inexistentes o no acreditados o en valoración defectuosa de la prueba y no valoración de los elementos probatorios, para cuyo efecto cita extractos del Auto de Vista impugnado. Añade, que el Tribunal de Apelación tiene la obligación de controlar la fundamentación y logicidad del inferior, aún de oficio. Señala que la resolución impugnada al establecer que fue sujeto activo de los delitos de Aborto Forzado y Lesiones Graves ha obviado en base a un erróneo análisis de los elementos probatorios, determinar la existencia del dolo, que es trascendental para este tipo de delitos.