AS/1338/2023-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/1338/2023-RA

Fecha: 06-Oct-2023

III. MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN

El recurrente denuncia que la fundamentación del Tribunal de alzada a su reclamo de apelación referente al defecto de Sentencia previsto en el art. 370 inc. 5) del CPP, es decir, que no exista fundamentación de la sentencia o que ésta sea insuficiente o contradictoria, no corresponde puesto que el tribunal al no haber fundamentado el valor que daba a cada prueba de cargo y descargo ya sea este documental, pericial, testifical, ha dictado Sentencia violando la garantía constitucional del debido proceso, extremo que debería ser considerado por la Sala de apelaciones, que si bien la sentencia es parte de una valoración integral de todo lo producido en juicio oral, no es menos cierto que para determinar la culpabilidad como la imposición de una condena la misma emerge esencialmente del valor y la fundamentación que el tribunal dada a cada prueba, lo cual el tribunal no realizó, extremo que ameritó el pronunciamiento del tribunal de alzada.