III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Denuncia que en apelación restringida planteó el defecto de Sentencia previsto en el art. 370 núm. 1) del Código de Procedimiento Penal (CPP); empero, el Tribunal de alzada confirmó la Sentencia impugnada vulnerando el principio de legalidad, creando una inseguridad jurídica, toda vez que los fundamentos expuestos en el Auto de Vista no dan respuesta al defecto de sentencia denunciado.
En apelación restringida denunció valoración defectuosa de la prueba conforme lo prevé el art. 370 núm. 6) del CPP, toda vez que el Tribunal de Sentencia no valoró correctamente todos los medios de prueba demostrados en Juicio oral.
