AS/2029/2023-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/2029/2023-RA

Fecha: 07-Dic-2023

III. MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN

El recurrente refiere que, el primer motivo de apelación fue “que no existe fundamentación jurídica razonable en la Sentencia. - art. 370-5” (sic), y “existe un hecho no acreditado, puesto que la propiedad nunca se demostró tanto con las pruebas documentales como con las pruebas testificales… la valoración defectuosa de la prueba” (sic), refiriendo que, respecto al agravio de la valoración defectuosa de la prueba, el Tribunal de alzada se limitó a observar el incumplimiento de los arts. 407 y 408 del Código de Procedimiento Penal (CPP), para concluir que no existe el agravio reclamado, incumpliendo con la debida fundamentación y motivación.