III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
El recurrente plantea los siguientes motivos:
De la errónea valoración de la prueba testifical, puesto que, la autoridad jurisdiccional no cumplió con el art. 173 del Código de Procedimiento Penal (CPP), en cuanto a las declaraciones testificales de Jaime Jesús Antezana Espinoza, Rodrigo Casas Carrasco, Erick Alejandro Borda Mercado, Juan Gabriel Acuña Paucara y Carlos Ángel Ramos Choque. Cita como precedente contradictorio el AS 97 de 1 de abril de 2005.
Defecto absoluto que, se evidencia de la Sentencia sin criterios sólidos que fundamenten la valoración de la prueba, considerando que, el Tribunal realiza una valoración incorrecta de las pruebas aportadas y judicializadas en el juicio de una forma fragmentada y descriptiva y de ninguna manera conjunta y armónica, tal como lo establecen los arts. 173 y 359. Invoca como precedente contradictorio la SC 64/2018 S-2 de 15 de marzo.
