AS/1053/2023
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/1053/2023

Fecha: 20-Jul-2023

POR TANTO

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en mérito a los arts. 44 in fine y 315 del CPP, declara INFUNDADA la excepción de Extinción de la Acción Penal por duración máxima del proceso, interpuesta por Juan Carlos Vélez Terán, con costas.

En cumplimiento, del art. 123 del CPP, se deja constancia que esta Resolución no admite recurso ordinario alguno, teniendo en cuenta que el trámite de la excepción conforme dispuso la Resolución 011/2022 de 8 de febrero, emitida por la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, se encuentra regido a lo dispuesto por la Sentencia Constitucional Plurinacional 1061/2015, que estableció que, al interponerse una Excepción de Extinción de la Acción Penal ante esta Sala, no existe Tribunal competente que, de acuerdo a norma legal, tenga atribución para sustanciar y resolver algún recurso ulterior.

Notifíquese a las partes con la presente Resolución en observación del art. 163 del CPP y una vez efectuadas las diligencias, procédase a la devolución de causa, considerando que ya fue resulto el proceso conforme se tiene de la emisión del Auto Supremo 330/2023-RRC de 27 de marzo.

Regístrese y hágase saber.

FDO.

Dr. Olvis Eguez Oliva

Presidente de Sala Penal

Dr. Edwin Aguayo Arando

Magistrado de Sala Penal

M.Sc. Rommel Palacios Guereca

Secretario de Sala Penal