AS/0741/2023-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0741/2023-RA

Fecha: 04-Ago-2023

CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso

1. Juan Jaime Humberto Pozo Palma, por memorial de fs. 15 a 17, subsanado por escrito de fs. 37 a 38 vta., inició proceso ordinario de resolución de contrato, más pago de daños y perjuicios, contra Betty Amalia Aruquipa Zuleta, quien una vez citada, por escrito de fs. 116 a 122, contestó de forma negativa y opuso excepciones de prescripción, incompetencia de autoridad judicial y litispendencia; desarrollándose de esta manera el proceso hasta la emisión de la Sentencia Nº 590/2022, de 24 de noviembre, visible de fs. 654 a 658, en la que el Juez Público Civil y Comercial 23° de la ciudad de La Paz, declaró IMPROBADA la demanda principal, con costas y costos, ordenando el desglose de la documentación.

2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrido en apelación por Juan Jaime Humberto Pozo Palma mediante memorial cursante de fs. 660 a 662, dio lugar a que la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emita el Auto de Vista N° 366/2023, de 04 de mayo, corriente de fs. 684 a 687 vta., que CONFIRMÓ la sentencia apelada.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Juan Jaime Humberto Pozo Palma según, memorial de fs. 693 a 697, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.