CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso
1. Isabel Noé Cueva, mediante memorial de fs. 17 a 18, inició proceso ordinario de anulabilidad de contrato de compraventa con pacto de rescate contra Evelyn Ortiz Toledo, quien una vez citada, según escrito de fs. 50 a 53, contestó en forma negativa; desarrollándose de esta manera el proceso hasta la emisión de la Sentencia N° 15/2022 de 08 de febrero, que cursa de fs. 120 a 124 vta., en la que la Juez Público Civil y Comercial 1° de la ciudad de Trinidad-Beni, declaró IMPROBADA la demanda de anulabilidad de contrato de compraventa con pacto de rescate.
2. Resolución de primera instancia que, al ser recurrida en apelación por Isabel Noé Cueva, mediante memorial de fs. 133 a 134; originó que la Sala Civil Mixta, de Familia, Niñez, Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública del Tribunal Departamental de Justica del Beni, emita el Auto de Vista N° 111/2023 de 30 de marzo, cursante de fs. 186 a 188, que CONFIRMÓ la Sentencia impugnada.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Isabel Noé Cueva, según por escrito a fs. 194 y vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
