AS/0796/2023-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0796/2023-RA

Fecha: 14-Ago-2023

CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso

1. Marcos Gómez Rivadineira mediante memorial de fs. 27 a 30 vta., y subsanado a fs. 40 y vta., planteó demanda ordinaria civil de nulidad de escritura pública y cancelación de asiento, contra Martha Gómez Rivadineira, quien una vez citada, contestó negativamente e interpuso demanda reconvencional según escrito de fs. 70 a 72, habiéndose dispuesto la citación al Gobierno Autónomo Municipal de San Lucas; continuando el desarrollo del proceso hasta la emisión de la Sentencia Nº 01/2023 de 09 de marzo, que sale de fs. 297 a 309 vta., en el que el Juez Público Mixto, Civil y Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal 1° de San Lucas-Chuquisaca, declaró en cuanto a la demanda principal: la pretensión de nulidad de la Escritura Pública N° 223/2003 de oficio declaró la COSA JUZGADA; la pretensión de cancelación de asiento PROBADA; en cuanto a la demanda reconvencional: PROBADA la pretensión de prescripción extintiva del derecho hereditario y PROBADA en parte la pretensión de usucapión decenal.

2. Resolución de primera instancia que fue apelada por Marcos Gómez Rivadineira, por memorial de fs. 316 a 318 vta., que dio lugar a que la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, emita el Auto de Vista N° 201/2023 de 05 de julio, cursante de fs. 342 a 344 vta., que REVOCÓ parcialmente la Sentencia, solo en relación a declararse improbada la demanda reconvencional de usucapión decenal interpuesta por Martha Gómez Rivadineira, manteniéndose en lo demás el fallo judicial cuestionado.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Martha Gómez Rivadeneira según escrito de fs. 348 a 349, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad