POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 42.I.1 de la LOJ, lo previsto por el art. 419 del CPP, en el contexto del art. 40 parág. I de la Ley 254, declara INFUNDADOS los recursos de casación interpuestos por Saúl Tarrico Cruz, de fs. 323 a 335 vta. y Vilma Jiménez Vargas, de fs. 377 a 389 vta.
Regístrese, hágase saber y devuélvase.
FDO.
Magistrado Relator M.Sc. Olvis Eguez Oliva
Dr. Marco Ernesto Jaines Molina
Secretario de Sala M.Sc. Rommel Palacios Guereca
