POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad al art. 125 del CPP, resuelve declarar: NO HA LUGAR a la precedente solicitud de explicación, complementación y enmienda del Auto Supremo 1834/2022-RRC de 5 de diciembre, por lo que se mantiene firme e incólume el fallo.
Regístrese y hágase conocer.
FDO.
M.sc. Olvis Eguez Oliva
Presidente de Sala Penal
Dr. Edwin Aguayo Arando
Magistrado de Sala Penal
M.Sc. Rommel Palacios Guereca
Secretario de Sala Penal
