AS/1310/2024-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/1310/2024-RA

Fecha: 08-Nov-2024

CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso

1. Jorge Adalberto Robles Cuellar, mediante memorial de fs. 31 a 34, subsanada a fs. 44, interpuso demanda ordinaria de acción negatoria, acción reivindicatoria, desocupación y entrega de bien inmueble más retiro de construcciones clandestinas, contra Piedades Carreón Méndez y quienes se encuentren ocupando el inmueble, quien una vez citada y emplazada, junto con Marioly Justiniano Méndez, según escrito de fs. 52 a 57 vta., respondieron a la demanda y reconvienen por usucapión decenal; ante la no justificación de la parte demandada a la audiencia preliminar, mediante Auto Definitivo Nº 20/2023, de 22 de febrero, cursante a fs. 554 y vta., dio por desistida la pretensión reconvencional, aplicándose lo previsto por el art. 365.III del Código Procesal Civil.

2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por Piedades Carreón Méndez y Marioly Justiniano Méndez, mediante memorial de fs. 579 a 582; originó que la Sala Civil, Comercial, de Familia, Niñez, Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emita el Auto de Vista N° 006/2024, de 07 de marzo, corriente de fs. 614 a 619 vta., que CONFIRMÓ el Auto Definitivo apelado, con costas y costos al apelante.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Piedades Carreón Méndez y Marioly Justiniano Méndez, según escrito de fs. 829 a 832 vta., que es objeto de análisis para su admisión.